Consejo Profesional

de Ciencias Económicas 

de Mendoza

 

COMISION   JÓVENES   PROFESIONALES

 

LEASING

Octubre 2.006

 

Continuando con lo analizado en la separata de marzo del corriente año, analizamos a continuación las clases de leasing financiero:

 

 Clases de leasing financiero

 

Leasing Directo

 

   Dador

 

  Tomador

 
                                                           paga el canon                                                                                     

                                                          

arrienda el activo

 

           

Es el tipo de leasing por el cual el tomador adquiere el uso de un activo que no era de su propiedad. Los principales actuantes como dadores son fabricantes (IBM arrienda computadoras, Xerox arrienda fotocopiadoras), compañías financieras, bancos, compañías de leasing independientes, compañías de leasing especiales. Actualmente existe una amplia variedad de convenios de leasing directo que permite a las empresas cubrir sus necesidades en cuanto a bienes de capital.

 

En todos los casos, menos en el de los fabricantes, el vendedor vende el activo al dador, quien a su vez lo arrienda al tomador. En ciertos casos el tomador logra ahorros por cantidades en la compra de activos de capital y puede traspasarlos a otro tomador en forma de pagos de leasing inferiores.

 

Venta y Arrendamiento Simultáneo (Sale & Lease Back)

                                                

 

  COMPRADOR

 

        DADOR

 

 

   EMPRESA

 VENDEDORA

 TOMADORA

 
   1. Vende el activo

                                                    2. Paga el activo (préstamo)

                                                    3. Arrienda el activo

                                                    4. Paga cánones y puede ejercer opción

           

 

 

El Sale & Lease Back es una operación por la cual el tomador le vende al dador un bien de su propiedad (por lo general un bien de capital), para luego tomarlo inmediatamente en leasing con la opción de recomprarlo. El dador recibe el precio de venta en efectivo y modifica jurídicamente el título bajo el cual detenta el bien (deja de ser propietario para pasar a ser tenedor), pero mantiene el uso y la explotación económica del bien sin interrupciones.

 

A través de esta modalidad de contratación la empresa vendedora/tomadora convierte activos fijos en efectivo para hacer frente a problemas de liquidez[1]. El propósito que persigue es paliar la ausencia, inconveniencia o limitaciones de crédito y asistencia financiera desinmovilizando un activo físico para lograr una posición de mayor liquidez operativa e incrementar el capital de trabajo contra la entrega de la propiedad del bien en garantía y sin interrumpir su ciclo productivo.

 

El Sale & Lease Back debe entenderse como una modalidad del leasing, consistente en un contrato único y complejo de financiamiento y no un contrato de venta, locación y posterior compraventa, en el que las partes tienen por objeto celebrar un contrato de crédito, mientras el dador/comprador busca obtener una

ganancia financiera, el tomador/vendedor busca hacerse del efectivo que requiere para el giro de su actividad sin desprenderse del uso de un activo que le es necesario.

Finalmente, la ley 25.248 prevé expresamente este tipo de operación en su artículo 5°, inciso e) cuando menciona las modalidades posibles de elección del bien objeto del contrato, admitiendo además la operatoria con bienes muebles y con intangibles, lo que no era permitido por la anterior ley.

 

 

 

Leasing Apalancado

   Dador  y

  Prestatario

 
 


Tomador

 
                                                         paga canon

                                                     arrienda el activo

                                                          

amortiza el préstamo

                                                          

 

 


                                                                        financia la compra del activo

 

 

 

            En esta modalidad son tres las partes intervinientes: el tomador, el dador/prestatario y el prestamista.

 

Desde el punto de vista del tomador no hay diferencia alguna entre el leasing apalancado y cualquier otro tipo. El tomador firma un contrato por el que se compromete a realizar pagos sobre el período básico del leasing y a cambio recibe el derecho a utilizar el activo ese tiempo, disponiendo al final de dicho período de una opción de compra.

 

Respecto al dador, este adquiere el activo de acuerdo con los términos del contrato de leasing y financia en parte su adquisición. El resto del capital necesario para la adquisición proviene de uno o más prestamistas a largo plazo. Se acostumbra a garantizar el préstamo por medio de una hipoteca sobre el activo y con la cesión del leasing y los pagos del mismo.

 

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[1] Gutiérrez Viguera, M., El Leasing como Institución Financiera, APD, Madrid, 1.977, pág. 43.