COMISION TRIBUTARIA
RESOL. 6 Y 7 DEL 2006 DE LA COMISION ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
RESOLUCIÓN GENERAL
6/2006:
Modificación del art. 56 de la R.G. 1/2006, en relación con los ingresos y gastos que deben computarse a efectos de la obtención del coeficiente anual de atribución de ingresos previsto en el art. 2° del Conv. Multilateral
Debido a la existencia de distintas posturas respecto al tratamiento que corresponde dispensar a las devoluciones, bonificaciones, descuentos u otros conceptos similares, ya sean cedidos u obtenidos por el contribuyente, a efectos de la determinación del coeficiente de atribución de ingresos previsto en el referido art. 2°, se dicta el Art. 1° : incorpórase en el art. 56 de la R.G. 1/2006 (C.A.), como segundo y tercer párrafos lo siguiente:
“ A estos fines los ingresos y gastos computables deben ser considerados netos de devoluciones, bonificaciones, descuentos u otros conceptos similares, según correspondan, con independencia de las circunstancias y del momento en que tales hechos se produzcan”.
Lo dispuesto en el párrafo precedente no obsta al tratamiento que asigne a dichos conceptos la legislación de cada jurisdicción a efectos de su consideración como base imponible local”
Vigencia a partir del 1° de enero de 2.007
RESOLUCIÓN GENERAL 7/2006:
Según el Art. 4° del Conv. Multilateral, último párrafo: “los gastos de transporte se atribuirán por partes iguales a las jurisdicciones entre las que se realice el hecho imponible”, como consecuencia de que no existen criterios uniformes respecto de su interpretación, la Comisión Arbitral dicta la R.G. 07/2006.
R .Gral. 07/2006 del 18/07/2006, vigente a partir del 1° de enero de 2007: interprétese, que los gastos de transporte a que hace referencia el último párrafo del art. 4° del Conv. Multilateral, se distribuirán por partes iguales entre las jurisdicciones en las que se realice el transporte, considerando cada una de las operaciones.
Ejemplo:
Empresa: La Vinoteca SA
Actividad principal: venta de vinos
La empresa tiene la sede social en la Ciudad de Mendoza, donde funciona la Administración. Cuenta con dos locales de ventas: uno ubicado en la provincia de Buenos Aires y otro en la de San Luis.
Realiza ventas por medio de vendedores en las provincias de Córdoba, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, San Juan y Misiones. También exporta vinos a Brasil.
Datos que surgen del Anexo de Gastos (Estados Contables) al 31/12/2006:
Viajes realizados entre:
Buenos Aires (pcia.) y Córdoba $ 8.556.-
Buenos Aires (pcia.) y Misiones $ 7.882.-
Mendoza y Puerto Bs. Aires $ 6.143.- corresponde a exportaciones
Mendoza y San Luis $ 14.622.-
Mendoza y San Juan $ 20.846.-
Total $ 58.049.-
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Solución:
Aplicando el art. 4° Conv. Multilateral y RG07/2006, los gastos de transporte que formarán parte del coef. unificado:
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Jurisdicciones |
Buenos Aires (pcia.) y Córdoba |
Buenos Aires (pcia.) y Misiones |
Mendoza y Puerto de Bs. As. |
Mendoza y San Luis |
Mendoza y San Juan |
Total |
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Provincia Buenos Aires Provincia de Mendoza Provincia de Córdoba Provincia de San Luis Provincia de San Juan Provincia de Misiones No computable |
4.278.- 4.278.- |
3.941.- 3.941.- |
6.143.- |
7.311.- 7.311.- |
10.423.- 10.423.- |
8.219.- 17.734.- 4.278.- 7.311.- 10.423.- 3.941.- 6.143.- |
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8.556.- |
7.882.- |
6.143.- |
14.622.- |
20.846.- |
58.049.- |