Consejo Profesional
de Ciencias Económicas
INFORMACION DE SECRETARIA TÉCNICA
MEMORANDO
DE SECRETARIA TECNICA Nº A – 66
“INFORME
REQUERIDO POR LA RESOLUCIÓN N° 266/2004 DE LA SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA”
1. Se ha
recibido una consulta respecto de la Resolución N° 266/2004 de la Secretaría de
Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa (SICPyME) de fecha
4/10/2004 que reglamentó un régimen transitorio para el tratamiento fiscal de
las inversiones que se realicen en bienes de capital. Dicha Resolución requiere
a los entes que deseen participar de un concurso público de proyectos, que
serían beneficiados con la devolución anticipada del IVA y/o la amortización
acelerada de los mismos en el impuesto a las ganancias, presenten una serie de
informaciones, entre ellas dieciséis cuadros cuyo contenido en síntesis incluye:
Cuadro I:
Datos de la empresa (razón social, CUIT, año de constitución, etc), domicilio
real, domicilio legal, domicilio especial en la Ciudad de buenos Aires,
actividad, según código ClaNAE, personas autorizadas para realizar gestiones
ante autoridad de aplicación).
Cuadro
II: Datos de las plantas fabriles o establecimientos (ubicación, teléfono,
etc).
Cuadro
III: Personal registrado en los últimos tres
ejercicios.
Cuadro
IV: Situación económico financiera de los últimos tres ejercicios (datos sobre
ventas, gastos operativos, resultado operativo antes de intereses e impuestos,
activo, pasivo, patrimonio neto, inversiones, deudas bancarias y financieras,
situación previsional y fiscal).
Cuadro V.
Localización del proyecto y personal a incorporar.
Cuadro
VI: Datos sobre máquinas y equipos a instalar (denominación, Nomenclador Común
MERCOSUR, cantidades, precio unitario, costo en proyecto unitario, costo total,
IVA., país origen, origen del precio -estimación o dato de proveedor-,
etc).
Cuadro
VII: Partes, componentes, accesorios, instrumentos, instalaciones e
infraestructura esencial denominación, Nomenclador Común MERCOSUR, cantidades,
precio unitario, costo en proyecto unitario, costo total, IVA., país origen,
origen del precio -estimación o dato de proveedor-,
etc).
Cuadro
VIII: Cronograma de inversiones.
Cuadro
IX: Garantías ofrecidas por la empresa.
Cuadro
X: Proyección de ingresos
atribuibles al proyecto.
Cuadro
XI: Proyección de costos de la empresa atribuibles al
proyecto.
Cuadro
XII: Importes en pesos (en moneda constante del momento de la presentación) de
insumos, partes y piezas nacionales e importadas (cantidad, precio unitario,
costo en fábrica unitario, costo total en fábrica). Distinción si son producidas
o no producidas.
Cuadro
XIII: Información sobre bienes a adquirir (descripción, proveedor, costo total
con y sin IVA, tasa de amortización anual en % con y sin
beneficio).
Cuadro
XIV: Presupuesto económico del
proyecto sin y con beneficio de amortización.
Cuadro
XV: Presupuesto financiero
Cuadro
XVI: Flujo de devoluciones de IVA.
2. La citada Resolución 266/04, además de
requerir la firma del representante del ente,
menciona en las Indicaciones Para Completar la Guía de Presentación que “Los
cuadros I a XVI deberán completarse en formato de planilla de cálculo y
presentarse en original firmado por profesional en Ciencias Económicas
matriculado…………”.
Análisis
3.
Se advierten en los requerimientos de información la existencia de datos
históricos así como de proyecciones en base a pautas elaboradas por el propio
ente.
q
En
el primer caso, los datos históricos, de tratarse de cuadros realizados a partir de la
información contable y de documentación respaldatoria, la tarea del contador se
limitará a extender una certificación contable, por ejemplo de la concordancia
de esos datos con los registros contables, documentación y otros elementos de
respaldo, luego de obtener
elementos de juicio válidos y suficientes que respalden las aseveraciones que
aquélla incluya.
q
En
el segundo caso, para las proyecciones, se pueden aplicar las mismas
conclusiones que en el Memorando A - 29 de la Secretaría Técnica de la FACPCE,
titulado“Modelo
de Informe Especial Sobre Flujo de Fondos Proyectado”. La tarea del profesional de revisión de proyecciones
consistirá en concluir acerca de la
suficiencia y conveniencia de los
procedimientos utilizados por la gerencia en la preparación de la proyección, de los supuestos elaborados por ella y
de la información de respaldo que
de forma razonable se dispone y de la presentación por la gerencia de las
proyecciones financieras y exposiciones pertinentes. El contador independiente
no garantiza la certidumbre de las predicciones sino que evalúa la presentación
de la proyecciones y las exposiciones pertinentes y la coherencia de los
supuestos significativos.
4.
Por otra parte, desde el punto de vista de la tarea profesional, deben aplicarse
las normas de la Resolución Técnica N° 7 que prescriben en la sección II. C Normas sobre
informes:
“3.
En todos los informes del contador público, las opiniones del profesional deben
quedar claramente separadas de cualquier otro tipo de
información”.
Conclusiones
4.
El profesional podrá emitir un informe donde conceptualmente se trate por
separado:
a)
la
información histórica o que puede ser cotejada con documentación o registros
contables o extracontables
b)
la información proyectada.
La
parte del informe referida a la información comprendida en a) se podrá tratar
como una certificación de los datos que surgen del sistema contable y/ o de
otros elementos de respaldo. La
comprendida en b) se podría tratar como un informe especial sobre proyecciones
emitidas por la gerencia a partir de supuestos razonables siguiendo los
lineamientos del Memorando de la Secretaría Técnica A -
29.
5.
Es necesario que la descripción del trabajo realizado se haga con el grado
suficiente de detalle para los datos de cada anexo, de forma tal que resulte
claro hasta dónde llega el trabajo profesional y por lo tanto la responsabilidad
del contador interviniente. Los
cuadros serán firmados por el contador aclarando que
lo hace a efectos de su identificación con el informe que emita, para que quede
evidencia de la relación que con ellos tiene el
profesional.
Buenos
Aires, 21 de junio de 2007
María
Claudia Gamallo
José Urriza
Coordinadora de
la Secretaría Técnica
Secretario Técnico