COMISION DE JOVENES
PROFESIONALES-ABRIL 2007.
REGIMEN DE FOMENTO PARA LA
PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGA
(R.E.F.O.P.)
Con fecha 27 de abril
fue publicado en el Boletin Oficial de la Republica Argentina la Disposición n°
5/2007 de la Subsecretaria de
Transporte Automotor de la Nación, la cual establece el cronograma al que
se ajustarán las solicitudes de reintegro al REGIMEN DE FOMENTO DE LA
PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (R.E.F.O.P.) respecto de los
períodos mensuales comprendidos desde el 1° de enero de 2007 hasta el 31 de
diciembre del mismo año.
Las solicitudes de reintegro al REGIMEN
DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) deberán
presentarse en forma conjunta según el siguiente
esquema:
|
Meses |
Fecha de
presentación |
|
01-2007-03/2007-03/2007 |
Desde el
20/06/2007 hasta el 13/07/ 2007 |
|
04/2007-05/2007-06/2007 |
Desde el
20/08/2007 hasta el 14/09/2007 |
|
07/2007-08/2007-09/2007 |
Desde el
22/10/2007 hasta el 15/11/2007 |
|
10/2007-11/2007-12/2007 |
Desde el
21/01/2008 hasta el
15/02/2008 |
Toda solicitud debe presentarse de
conformidad con los formularios y procedimientos aprobados por los ANEXOS de la
Disposición Nº 6 del 24 de agosto de 2006 de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR.
¿DONDE SE DEBE
PRESENTAR?
· En la Subsecretaría
de Transporte Automotor, Hipólito Irigoyen 250 piso 12, oficina 1240, en el
horario de Lunes a Viernes de 10 a 17 hs.
¿QUE SE DEBE
PRESENTAR?
· Las empresas que se
presentan por primera vez deberán
presentar la siguiente documentación:
1.
Anexo I de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
2.
Acreditación de
personería jurídica del firmante de los anexo I, II y
III.
3.
Anexo II/A de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
4.
Listado de personal
al 31 de Mayo de 2006.
5.
Fotocopia de la
tarjeta R.U.T.A. empresa.
6.
Anexo III de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
7.
Certificación
contable de Contador Publico.
8.
Formulario 931 y
tique de presentación.
9.
Papel de trabajo del
formulario 931 o borrador de la declaración jurada del mismo
formulario.
10. Tique de pago del formulario
931.
11. Formulario 731 y tique de
presentación.
12. Papel de trabajo del formulario
731.
· Las empresas
que solo hayan presentado Enero a Mayo de
2006, y no hayan actualizado coeficiente al 31 de mayo de 2006
deberán presentar:
1.
Anexo I de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
2.
Anexo II/B de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
3.
Listado de personal
al 31 de Mayo de 2006.
4.
Anexo III de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
5.
Certificación
contable de Contador Publico.
6.
Formulario 931 y
tique de presentación.
7.
Papel de trabajo del
formulario 931 o borrador de la declaración jurada del mismo
formulario.
8.
Tique de pago del
formulario 931.
9.
Formulario 731 y
tique de presentación.
10. Papel de trabajo del formulario
731.
· Las empresas
ya inscriptas que hayan actualizado el
coeficiente al 31 de mayo de 2006 solamente deberán
presentar:
1.
Anexo III de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
2.
Certificación
contable de Contador Publico.
3.
Formulario 931 y
tique de presentación.
4.
Papel de trabajo del
formulario 931 o borrador de la declaración jurada del mismo
formulario.
5.
Tique de pago del
formulario 931.
6.
Formulario 731 y
tique de presentación.
7.
Papel de trabajo del
formulario 731.
· Se informa que tanto las empresas que se presentan por
primera vez, como aquellas que deben actualizar el coeficiente al 31 de mayo de
2006 y también las ya inscriptas deberán firmar y aclarar todas las hojas de la
presentación, como así también, numerar de forma correlativa cada una de estas
(foliado completo).
¿SE PUEDE PRESENTAR UNA CERTIFICACION
CONTABLE POR TRIMESTRE?
· Sí, se puede
realizar una certificación por cada trimestre, según se agrupan los periodos en
la Disposición Nº 5/2007 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
¿SE PUEDE SOLICITAR EL REINTEGRO DE
LOS PERIODOS ANTERIORES
AL
MES DE ENERO DE 2007?
· No, no se puede
solicitar el reintegro de los períodos anteriores al mes de Enero de 2007,
porque ya se encuentran vencidos, a excepción del periodo diciembre de 2006 que
vence el día 24 de Mayo de 2007.
¿QUE PASA SI AL MOMENTO DE LA
PRESENTACION NO SE TIENE LA CUENTA EN EL BANCO DE LA NACION
ARGENTINA?
· La presentación
debe realizarse antes del vencimiento, pudiendo aportar el número de CBU
aposteri cuando sea habilitado por la entidad enviando copia del CBU a esta
dependencia. Dicho número se debe informar a través del ANEXO II/A.
¿SE PUEDE ABRIR UNA CUENTA EN OTRO
BANCO?
· No, las
acreditaciones por los reintegros del REFOP solo pueden ser depositadas en
cuentas del Banco de la Nación Argentina.
· En el caso de
Persona Jurídica (S.R.L. – S.A. – S.H.) puede presentarse una cuenta corriente o
una cuenta corriente especial siempre que conserve la razón social y la C.U.I.T.
de la empresa.
· En el caso de
Persona Física se puede optar por presentar una cuenta corriente, cuenta
corriente especial o una caja de ahorro siempre que conserve la razón social y
la C.U.I.T. de la empresa.
¿A
QUE FECHA DEBE CALCULARSE EL COEFICIENTE DEL ANEXO
II?
· El coeficiente del
Anexo II/A y Anexo II /B debe ser calculado al 31 de Mayo de 2006 según
Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte
Automotor.
Se deberá adjuntar un
listado de personal al 31 de Mayo de 2006.
· Las empresas que
hayan iniciado su actividad con fecha posterior deberán calcularlo a la fecha de
inicio de actividades. Deberán adjuntar un listado de personal a la fecha de
inicio de actividades y una nota aclaratoria.
¿COMO SE DEBE ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN
EN EL RUTA?
· La inscripción debe
acreditar mediante fotocopia de la tarjeta de
empresa
¿CÓMO SE DEBEN IMPRIMIR LOS
FORMULARIOS?
· Para asegurar la
legibilidad del código de barras se sugiere la impresión de los formularios en
impresora láser.
· En caso de utilizar
impresora de chorro de tinta se deberán tomar los siguientes
recaudos:
1. Imprimir en blanco
y negro, no incluir otros colores.
2. Alinear los
cabezales de impresión.
3. Utilizar tintas y
papel de calidad.
4. Asegurar en todo
el código la separación clara de las barras negras
de los espacios en
blanco.
¿CÓMO SE ENTERAN LOS BENEFICIARIOS DE
LA ACREDITACIÓN DE LOS
FONDOS?
· La acreditación de
los fondos deberá controlarse por los beneficiarios en la cuenta bancaria
declarada.