COMISION DE JOVENES PROFESIONALES-ABRIL 2007.

 

REGIMEN DE FOMENTO PARA LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGA (R.E.F.O.P.)

 

Con fecha 27 de abril fue publicado en el Boletin Oficial de la Republica Argentina la Disposición n° 5/2007 de la Subsecretaria de  Transporte Automotor de la Nación, la cual establece el cronograma al que se ajustarán las solicitudes de reintegro al REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (R.E.F.O.P.) respecto de los períodos mensuales comprendidos desde el 1° de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre del mismo año.

 

 Las solicitudes de reintegro al REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) deberán presentarse en forma conjunta según el siguiente esquema:

 

Meses

Fecha de presentación

01-2007-03/2007-03/2007

Desde el 20/06/2007 hasta el 13/07/ 2007

04/2007-05/2007-06/2007

Desde el 20/08/2007 hasta el 14/09/2007

07/2007-08/2007-09/2007

Desde el 22/10/2007 hasta el 15/11/2007

10/2007-11/2007-12/2007

Desde el 21/01/2008 hasta el 15/02/2008

 

 Toda solicitud debe presentarse de conformidad con los formularios y procedimientos aprobados por los ANEXOS de la Disposición Nº 6 del 24 de agosto de 2006 de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR.

 

¿DONDE SE DEBE PRESENTAR?

 

· En la Subsecretaría de Transporte Automotor, Hipólito Irigoyen 250 piso 12, oficina 1240, en el horario de Lunes a Viernes de 10 a 17 hs.

 

¿QUE SE DEBE PRESENTAR?

 

· Las empresas que se presentan por primera vez deberán presentar la siguiente documentación:

1. Anexo I de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

2. Acreditación de personería jurídica del firmante de los anexo I, II y III.

3. Anexo II/A de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

4. Listado de personal al 31 de Mayo de 2006.

5. Fotocopia de la tarjeta R.U.T.A. empresa.

6. Anexo III de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

7. Certificación contable de Contador Publico.

8. Formulario 931 y tique de presentación.

9. Papel de trabajo del formulario 931 o borrador de la declaración jurada del mismo formulario.

10. Tique de pago del formulario 931.

11. Formulario 731 y tique de presentación.

12. Papel de trabajo del formulario 731.

· Las empresas que solo hayan presentado Enero a Mayo de 2006, y no hayan actualizado coeficiente al 31 de mayo de 2006 deberán presentar:

1. Anexo I de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

2. Anexo II/B de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

3. Listado de personal al 31 de Mayo de 2006.

4. Anexo III de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

5. Certificación contable de Contador Publico.

6. Formulario 931 y tique de presentación.

7. Papel de trabajo del formulario 931 o borrador de la declaración jurada del mismo formulario.

8. Tique de pago del formulario 931.

9. Formulario 731 y tique de presentación.

10. Papel de trabajo del formulario 731.

· Las empresas ya inscriptas que hayan actualizado el coeficiente al 31 de mayo de 2006 solamente deberán presentar:

1. Anexo III de la Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

2. Certificación contable de Contador Publico.

3. Formulario 931 y tique de presentación.

4. Papel de trabajo del formulario 931 o borrador de la declaración jurada del mismo formulario.

5. Tique de pago del formulario 931.

6. Formulario 731 y tique de presentación.

7. Papel de trabajo del formulario 731.

· Se informa que tanto las empresas que se presentan por primera vez, como aquellas que deben actualizar el coeficiente al 31 de mayo de 2006 y también las ya inscriptas deberán firmar y aclarar todas las hojas de la presentación, como así también, numerar de forma correlativa cada una de estas (foliado completo).

 

¿SE PUEDE PRESENTAR UNA CERTIFICACION CONTABLE POR TRIMESTRE?

 

· Sí, se puede realizar una certificación por cada trimestre, según se agrupan los periodos en la Disposición Nº 5/2007 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

 

¿SE PUEDE SOLICITAR EL REINTEGRO DE LOS PERIODOS ANTERIORES

AL MES DE ENERO DE 2007?

 

· No, no se puede solicitar el reintegro de los períodos anteriores al mes de Enero de 2007, porque ya se encuentran vencidos, a excepción del periodo diciembre de 2006 que vence el día 24 de Mayo de 2007.

 

¿QUE PASA SI AL MOMENTO DE LA PRESENTACION NO SE TIENE LA CUENTA EN EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA?

 

· La presentación debe realizarse antes del vencimiento, pudiendo aportar el número de CBU aposteri cuando sea habilitado por la entidad enviando copia del CBU a esta dependencia. Dicho número se debe informar a través del ANEXO II/A.

 

¿SE PUEDE ABRIR UNA CUENTA EN OTRO BANCO?

 

· No, las acreditaciones por los reintegros del REFOP solo pueden ser depositadas en cuentas del Banco de la Nación Argentina.

· En el caso de Persona Jurídica (S.R.L. – S.A. – S.H.) puede presentarse una cuenta corriente o una cuenta corriente especial siempre que conserve la razón social y la C.U.I.T. de la empresa.

· En el caso de Persona Física se puede optar por presentar una cuenta corriente, cuenta corriente especial o una caja de ahorro siempre que conserve la razón social y la C.U.I.T. de la empresa.

 

¿A QUE FECHA DEBE CALCULARSE EL COEFICIENTE DEL ANEXO II?

 

· El coeficiente del Anexo II/A y Anexo II /B debe ser calculado al 31 de Mayo de 2006 según Disposición Nº 6/2006 de la Subsecretaría de Transporte Automotor.

Se deberá adjuntar un listado de personal al 31 de Mayo de 2006.

· Las empresas que hayan iniciado su actividad con fecha posterior deberán calcularlo a la fecha de inicio de actividades. Deberán adjuntar un listado de personal a la fecha de inicio de actividades y una nota aclaratoria.

 

¿COMO SE DEBE ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN EN EL RUTA?

 

· La inscripción debe acreditar mediante fotocopia de la tarjeta de empresa

 

¿CÓMO SE DEBEN IMPRIMIR LOS FORMULARIOS?

 

· Para asegurar la legibilidad del código de barras se sugiere la impresión de los formularios en impresora láser.

· En caso de utilizar impresora de chorro de tinta se deberán tomar los siguientes recaudos:

1. Imprimir en blanco y negro, no incluir otros colores.

2. Alinear los cabezales de impresión.

3. Utilizar tintas y papel de calidad.

4. Asegurar en todo el código la separación clara de las barras negras

de los espacios en blanco.

 

¿CÓMO SE ENTERAN LOS BENEFICIARIOS DE LA ACREDITACIÓN DE LOS

FONDOS?

 

· La acreditación de los fondos deberá controlarse por los beneficiarios en la cuenta bancaria declarada.